LES ALTERNATIVES DE GESTHA

Moltes d'aquestes propostes podrien aplicar-se en el termini d'un any.

CUANDO QUEDAS ATRAPADX EN LA DESTRUCCIÓN, DEBES ABRIR UNA PUERTA A LA CREACIÓN. Anaïs Nine

Es de las crisis que nacen la inventiva, los descubrimientos y las grandes estrategias. Albert Einstein

INTERFERÈNCIES

Los diputados del pueblo no son sus representantes, sólo son sus comisarios. Las leyes que el pueblo mismo no ratifica no tienen validez, son leyes nulas. Jean-Jacques Rousseau

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Si no somos dueños de la frescura del aire, ni del brillo del agua, ¿Cómo podrán ustedes comprarlos? Gran Jefe Seattle

EL ACONTECIMIENTO #15M

No me fio de la incomunicabilidad, es la fuente de toda violencia. Jean-Paul Sartre

dijous, 31 de gener del 2013

CARTA A LA SECCIÓ SINDICAL D'UGT I AL DEPARTAMENT DE RRHH DE L'AJUNTAMENT DE CERDANYOLA DEL VALLÈS

La convocatòria de la secció sindical d' UGT a una assemblea informativa dilluns passat és inadmissible per les raons que exposem en la carta que reproduïm a continuació  -entrada al Registre General d’aquest Ajuntament dimarts dia 29 de gener- així com la manera de fer del Departament de RRHH amb la seva difusió a tota la plantilla i la posterior opacitat respecte de les persones convocades.




A l’atenció  de la Secció Sindical de la UGT i a RRHH, d’aquest Ajuntament.
 
Les persones que signem aquest escrit volem fer palès el nostre descontent respecte de l’actuació dels representants de les treballadores i treballadors d’aquest Ajuntament,  afiliats i afiliades al sindicat UGT, així com de la del departament de Recursos Humans, en relació a la convocatòria d’una assemblea el passat dia 28 de gener.

En aquest comunicat, elaborat per UGT i enviat per la Cap de Servei de RRHH a tota la plantilla d’aquest Ajuntament, se’ns va convocar a una Assemblea a la qual, les persones que la convocaven (segons se’ns va informar telefònicament quan se’ls hi va preguntar)  no tenien clar si, a part de les afiliades i afiliats al sindicat UGT, i de les persones simpatitzants, hi podíem assistir la resta de treballadores i treballadors d’aquest Ajuntament, tot i que es tractava d’una sessió informativa sobre les condiciones laborals que s’estan debaten amb l’equip de govern i que ens afecten a tota la plantilla. 
Aquesta qüestió tampoc va ser clarificada pel Departament de Personal que no va respondre als diversos correus electrònics que se li van dirigir al llarg del matí.

Ens preguntem:

-        primerament, si les qüestions que s’estan tractant amb l’equip de govern d’aquest Ajuntament sobre les nostres condicions laborals, només interessen a les treballadores i treballadors afins al sindicat UGT.

-        en segon lloc, si és legítim fer una sessió informativa només per a una part de la plantilla, dins de l’horari laboral, quan fa molt de temps que s’està demanant una assemblea perquè se’ns informi a tothom sobre l’estat de les negociacions.

Finalment, agrairem al departament de RRHH que ens contestin els mails sobre dubtes importants, com les que se’ns van plantejar.

Cerdanyola del Vallès, 29 de gener de 2013

dissabte, 26 de gener del 2013

ESTUDI SOBRE ELS FLUXOS DE VOTS ENTRE LES DIVERSES FORMACIONS POLÍTIQUES EN LES DARRERES ELECCIONS AL PARLAMENT DE CATALUNYA

L’ Institut de Ciències Polítiques i Socials de Barcelona, l’ICPS, adscrit a efectes acadèmics a la Universitat Autònoma de Barcelona, ha elaborat un estudi sobre les fugues i entrades de vots entre  les diverses formacions polítiques que van concórrer a les eleccions autonòmiques catalanes celebrades el 25 de novembre de 2012.

Malgrat que les limitacions pròpies d’un estudi d’aquestes característiques, basat en entrevistes de caràcter personal, facin que els resultats -tal com el propi estudi indica en el seu apartat Apunts Metodològics- s’hagin de prendre amb cautela, la mostra, des del meu punt de vista, extreu conclusions necessàries per poder  interpretar la percepció de la ciutadania sobre els assumptes de caràcter polític i social, visibilitzada a través dels fluxos de vots, l’abstencionisme o la seva fidelitat a un partit polític.

Aquest estudi és una eina que ens ajuda conèixer, de la manera més objectiva possible, com s’han configurat les actuals alternatives polítiques que componen el Parlament català i, de manera més limitada, extreure algunes conclusions interessants sobre el pes que han tingut, en alguns casos, les motivacions polítiques i, en d'altres, les motivacions socials en aquesta nova configuració parlamentària.

divendres, 25 de gener del 2013

LA INSTRUMENTALITZACIÓ POLÍTICA DE LA IMMIGRACIÓ I ELS "CENTRES DE LA VERGONYA"

Ser inmigrante no es un delito
En el següent documental, titulat Dueños de sus ilusiones, en el qual hi participen especialistes en Dret -i docents- de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, UNED, assistim a un recorregut per les diverses reformes del codi penal en matèria d’immigració i ens aproximem a l'actual situació jurídica que ha de patir la comunitat immigrant, resident en el nostre país, com a conseqüència de la instrumentalització política d’una realitat humana producte, en la majoria d’ocasions, de les guerres, la persecució política i la pobresa.

Així mateix, es denuncia la desproporcionada penalització de les accions destinades a l'ajuda o aixopluc d’aquestes persones en situació il•legal i ens apropem als anomenats "Centres de la Vergonya", els CIES, (Centres d'Internament d'Estrangers), que funcionen en la més absoluta il·legalitat al tractar als i a les “sense papers” com a delinqüents, privats de llibertat sense haver estat jutjats ni condemnats  




No et perdis el documental EL TREN DE LA MEMORIA, un relat de les tragèdies humanes que ciutadanes i ciutadans d'Espanya van viure als anys seixanta: l'explotació laboral i la marginació social de les quals van ser víctimes fa 5 dècades, situació molt semblant a la viscuda avui per milions de persones al nostre país.
España, años sesenta: Dos millones de españolxs salen del país empujad@s por la necesidad. Su destino: Alemania, Francia, Suiza y Los Países Bajos. La mitad son clandestin@s y viajan sin contratos de trabajo. El 80% son analfabet@s. 

I per deconstuir el racisme i la xenofòbia, una mica d'humor:

     

dijous, 17 de gener del 2013

L'AJUNTAMENT DE CERDANYOLA DEL VALLÈS SUSPÈN EN MATÈRIA DE BONES PRÀCTIQUES EN COMUNICACIÓ PÚBLICA


* Clica en el títol per accedir-hi i buscar el municipi que t'interessi
  


El Mapa de les Bones Pràctiques de la Comunicació Pública a Catalunya ha estat desenvolupat pel Laboratori de Periodisme i Comunicació per a la Ciutadania Plural (LPCCP) de la Universitat Autònoma de Barcelona (www.labcompublica.info).

En aquest Mapa s’avalua la informació que ofereixen els webs dels 947 ajuntaments de Catalunya, i es posa de manifest les deficiències de la informació que proporcionen per respondre a algunes preguntes bàsiques per tal que les ciutadanes i els ciutadans puguin exercir el dret a la informació i al control democràtic:
 
  • Qui són els representants polítics en els quals hem delegat la gestió dels recursos col·lectius, com a resultat de les darreres eleccions?
  • Què fan des de l’endemà de les eleccions i al llarg del mandat? Com gestionen els recursos col·lectius?
  • Donen informació completa i transparent del que fan i ho fan tenint en compte les diferents capacitats i necessitats de la ciutadania plural?
  • Faciliten que la ciutadania pugui participar en la gestió i en el control de l’activitat política?

El Mapa posa en relleu les mancances i la necessitat de solucionar-les. Es tracta, doncs, d’una eina que les ciutadanes i els ciutadans poden utilitzar per reclamar als representants polítics que passin comptes i als periodistes que proporcionin informacions completes, transparents i intel·ligibles.

Aquest Mapa de la Comunicació Pública a Catalunya és el resultat d’haver explorat com construir explicacions no-androcèntriques, plurals, des de diferents posicions centrals i perifèriques, i d’utilitzar els recursos que ofereix Internet per fer-ho, i així, construir democràcia des de la proximitat, de forma cooperativa i en xarxa.

Text extret de "Llibreria Pròleg"

diumenge, 13 de gener del 2013

LA CONTRARREFORMA DEL CÓDIGO PENAL DE GALLARDÓN HEREDERA DIRECTA DEL CÓDIGO DE HAMMURABI


Ana Mª Pérez del Campo Noriega
Allá en los orígenes de la remota antigüedad hubo un talentoso gobernante asirio que, sin buscar la proliferación de ideas sino más bien su unificación -cual corresponde a la tendencia a simplificación que hoy llamamos “reduccionismo”-, se le ocurrió la novedosa idea de articular en forma descriptiva la ética del comportamiento humano, que luego sus adláteres y colaboradores labraron a golpe de cincel sobre soporte de basalto, representando la escena, de conformidad con la mentalidad acientífica de su tiempo, como si fuese la dádiva reveladora de un Dios altruista al rey Hammurabi, que así se llamaba el autor del texto referido: un compendio en mescolanza de normas de índole tanto penal como civil, pero todas ellas bajo el signo común del Talión es, a saber, el principio sumo de la homologación, por el cual se aplicase como castigo al infractor, un mal idéntico al que él hubiera causado; principio resumido para su divulgación en el eslogan popular de “ojo por ojo y diente por diente”.

En esta España de la polivalente Transición, se ha puesto en estos días sobre el tapete político la elaboración de un producto legislativo, heredero directo del Código de Hammurabi, en cuanto que mezcla el campo del comportamiento punitivo con el de la mera infracción de la norma civil, y cambia el principio moderno de la reinserción del delincuente por el de la prioridad vindicativa; todo ello en invocación de supuestos tecnicismos juristas que perfeccionen la instrumentación de nuestro desarrollo societario.

Para dar la apariencia de unidad a la reforma del Código penal que se propone, se ha recurrido a la sistemática de modificar más de un centenar y medio de artículos del Cp. vigente, bajo la estructuración de un “Artículo único” que se despliega seccionado correlativamente en 200 modificaciones, secuenciadas éstas a timón fijo y velocidad despendolada en numeración arábiga desde el “Primero” al “Centésimo nonagésimo nono” hasta naufragar fatalmente en el ordinal “Ducentésimo“; con lo que se aparenta simplificar la complejidad de la reforma, que en realidad supone la elaboración de un Código penal sustancialmente distinto.

Derogar 5 artículos del Código vigente (como ocurre entre los numerados 89 a 607), y añadir una veintena de otros nuevos (como los comprendidos entre el 235 y el 580), podría entenderse como un “parcheo” de la ley para adaptarla a las circunstancia sobrevenidas. Si a esto añadimos la intercalación de otras tantas correcciones doblando triplicando y hasta quintuplicando los párrafos de otros artículos preexistentes (como se ha hecho bajo los nn. comprendidos entre el 78 y el 197) podría llegar a considerarse –siempre con un sentido de gran condescendencia– que el Anteproyecto se propone realizar una “reforma legal”.

Pero lo que no puede en modo alguno dejar de calificarse sino como un grosero fraude perpetrado en el ejercicio de la gobernación del Estado, es que se presente como mera “modificación” –según pretende el Anteproyecto del Sr. Ruiz Gallardón– la substitución del contenido de esos precitados 158 artículos que, respecto de los 639 que suma el Código vigente en su totalidad, representa variar en más de un 25% los aspectos substantivos de la normativa legal.

La simple lectura del texto resultante muestra bien a las claras que se está tratando de implantar ex novo un Código Penal discrepante del Ordenamiento en vigor, tanto por los fundamentos y la finalidad como por los principios ideológicos que lo inspiran, como se comprueba en la dilatada extensión que se ha precisado para llegar a fundamentar la “Exposición de motivos” (37 páginas frente a las 116 del texto completo, casi la tercera parte de lo articulado en la totalidad del Anteproyecto). Y es que las genuflexiones ante demandas populistas no pueden nunca servir de coartada para introducir un código penal nuevo, esto es, que permita llevar a cabo la reforma del sistema político tenga o no relación con la crisis económica que se dice combatir.

I) EN EL ORDEN SOCIOLÓGICO

El enorme derroche de material patógeno que el Legislador en ciernes ha vertido en el texto del Anteproyecto en cuestión, nos obliga a seleccionar unos cuantos puntos llamativos por su gran repercusión sociológica, “con independencia del dominio o no que se tenga de la materia jurídica”, como ejemplos de la larga lista que le podría seguir.

* El art. 147 del anteproyecto establece que la pena correspondiente a los malos tratos (pfo. n. 1) pueda ser rebajada en consideración a la menor gravedad del supuesto fáctico, al medio empleado y al mal causado (n.2), dejando por tanto impune cuando no se llegue a causar lesión física (n.3), los numerosísimos malos tratos de índole psicológica y de consecuencias devastadoras para las víctimas de las relaciones de pareja. El último párrafo (el núm. 4), sirve de colofón para rebajar la trascendencia del precepto con la exigencia de que solo prosperará la norma denunciada por la persona agraviada o de su representación legal. Con lo cual se condena al silencio a todos los demás casos que en la actualidad acceden automáticamente a la justicia sea por la denuncia obligada del profesional especializado interviniente sea por la misión formalizada del mero testimonio circunstancial.

* La reforma del art. 153 se efectúa para extender la punición de los actos de violencia ejecutados entre miembros de la familia a los ejercidos en el seno de una misma convivencia doméstica, con minoración de las penas y la introducción de terminadas cautelas como la de la libertad vigilada.

* La derogación del art. 630 Cp muestra el menosprecio y desentendimiento del pretenso Legislador para con los riesgos de la salud de la ciudadanía, cuando restringe la corrección de este género de ilícitos jurídicos a la sanción administrativa, a la que los remite en el caso de que finalmente se causen daños, y en contraposición con la penalidad que se mantiene en el art. 631,2 respecto del abandono de animales domésticos.

* El “prudente arbitrio” que el Anteproyecto encomienda al juez en el pfo. 2 del art. 66, supone una patente de arbitrariedad con respecto a la aplicación de las penas relativas a los llamados “delitos leves” y “delitos imprudentes”.

* El art. 84 del Código en Anteproyecto determina que el Juez o tribunal podrá acordar la suspensión de la ejecución de las penas, entre otros supuestos, pendiente el cumplimiento del acuerdo que las partes hayan alcanzado en virtud de la mediación. Pero se da la circunstancia de que dicha mediación está rigurosamente prohibida tanto por la Ley Orgánica de Medidas contra la Violencia de Género como por el convenio estipulado en Estambul por el Consejo de Europa –mayo de 2011– contra la Violencia ejercida por el hombre sobre la mujer –asimismo denominada en dicho Tratado “violencia doméstica”–, a cuyo convenio se halla adherido y tan sólo pendiente de ratificación el Reino de España.

* El art. 140 del nuevo Código introduce la pena de “prisión permanente revisable” para los supuestos de perpetración de asesinato en determinadas condiciones. Pues bien, el enunciado mismo antedicho entraña irremisiblemente una contradicción radical: la atribución de “permanencia” de la pena impuesta entra en conflicto irresoluble con el concepto circunstancial de su revisión pro reinserción. En ese híbrido de “permanencia/revisable”, lo que prevalece es la indeterminación del tiempo de duración de la condena, y lo que queda eclipsado tras la sombra del albur es la pura incertidumbre de la reinserción como mera posibilidad. Pero la modernización de la sistemática punitiva no puede dejarse a las reglas estadísticas de los grandes números. Si el sujeto delincuente responde al marco normal de la intencionalidad responsable (en otro caso quedaría sometido a tratamiento médico de la anormalidad en lugar de a su regulación penal) debe enfocarse la finalidad de su reinserción por métodos científicos determinativos y no meramente estocásticos. Por el contrario el solo enunciado de una permanencia en indeterminación, por reiteradas que sean las pruebas consecutivas de la “revisión”, impide de hecho la expectativa de la reinserción.

II) EN UN ORDEN ENTITATIVO JURIDICISTA

La reforma en ciernes sustituye el principio de la pena correctiva y la consiguiente reinserción social del penado por la punibilidad vindicativa, al extremo de establecer la valoración del delito perpetrado en consideración a la magnitud de la pena; siendo así que hace ya mucho tiempo que el Derecho penal de los pueblos civilizados se orienta en la dirección contraria, es decir, es la magnitud del hecho perpetrado lo que determina la gradación de la pena. Los delitos, las infracciones de las normas que regulan la convivencia social, no son “graves” o “leves” porque la sanción penal que los mismos llevan acarreada sea de mayor o menor magnitud sino porque lo sea el hecho en sí mismo perpetrado (con todo su encuadre circunstancial de facto).

En consecuencia, si en aras de la acomodación a las costumbres y la innovación de la mentalidad de la sociedad moderna, se quieren extrañar fuera del ámbito del Derecho penal determinadas figuras de delincuencia hoy calificadas de “faltas” para dar homogeneidad al campo de la punición bajo la tipificación de “delitos graves” y “delitos leves”, hágase así, pero no a costa de rebajar la eticidad de las relaciones intrafamiliares o societarias.

III) EN CUANTO A LA VIABILIDAD PRÁCTICA DEL PROYECTO

Con lo dicho hay fundamento sobrado para predecir que, no obstante la fuerza decisoria del Anteproyecto por la apisonadora de la mayoría parlamentaria que sustenta al Gobierno, el rápido transcurrir del tiempo será insuficiente para lograr la vigencia efectiva del nuevo código de Hammurabi, habida cuenta la previsible incoación de los recursos de inconstitucionalidad a cargo de los grupos políticos y entidades afectadas, incluida, a petición de los mismos, la automática suspensión de la Ley votada en Cortes llegado el caso.

Ana Mª Pérez del Campo Noriega es presidenta de la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas y vocal del Observatorio Estatal contra la Violencia de Género

Article llegit a EL PLURAL


dissabte, 12 de gener del 2013

JUAN TORRES LÓPEZ DESMUNTA ALGUNES DE LES MENTIDES ECONÒMIQUES MÉS PROPAGADES PER LA DOCTRINA NEOLIBERAL





Otro mito liberal sobre los impuestos



Publicado en Público. el 11 de enero de 2013, con la colaboración de Mauricio Matus.

Juan Torres López
Todos los datos disponibles, y sea cual sea el punto de vista desde el que se consideren, muestran que las políticas neoliberales que se vienen aplicando en los últimos años tienen un resultado muy claro: mejorar los ingresos y la riqueza de los más ricos.

Como es lógico, quienes las ponen en marcha no las presentan a la población como si tuvieran ese propósito. Nadie iba a apoyar a un gobierno que dijese públicamente que las medidas que adopta se dirigen a aumentar la desigualdad y las rentas de los que ya están en la cima de la riqueza y el poder. Tienen que disimularlo y para ello llevan años pagando a economistas y a grupos de investigación para que difundan ideas que permitan ocultar el verdadero propósito de las políticas que llevan a cabo.

Eso es lo que ha convertido al neoliberalismo en una ideología verdaderamente mentirosa basada en un sinfín de proposiciones sin fundamento empírico alguno pero que, a base de ser difundidas sin descanso por todo tipo de medios de comunicación y de haberlas impuesto como dominantes en la Academia, se adoptan como si fueran verdades indiscutibles.

¿Quién no ha oído decir que para crear empleo hay que bajar salarios, que lo que le conviene a los países más pobres es acabar con el proteccionismo, que los factores demográficos son los que ponen en peligro las pensiones públicas, que el sector privado es más eficiente y barato que el público,…?

Estos y otros muchos mitos del neoliberalismo han sido desmontados ya con los datos en la mano en multitud de estudios pero quienes se encargan de difundirlos no los tienen en cuenta, simplemente los desprecian o los desconocen, y siguen propagando falsedades con el apoyo financiero, mediático y político de los grandes grupos de poder.

Uno de los mitos más extendidos y al que quisiéramos referirnos ahora tiene que ver con los impuestos. Desde hace años se viene insistiendo desde las fuentes de opinión neoliberal que cuanto más impuestos haya peor irá la economía y el empleo y que, por lo tanto, lo que hay que hacer es rebajarlos al máximo para que, por el contrario, pueda haber más actividad económica y más puestos de trabajo.

Con esa excusa llevan haciendo reformas fiscales desde hace años dirigidas siempre a rebajar impuestos a las personas de rentas más elevadas que, lógicamente, tienen como efecto el incremento de sus ingresos y de su bienestar en perjuicio de las demás. Y no solo de quienes necesitan un sector público potente porque no pueden pagarse servicios privados sino de muchos empresarios que también necesitan una buena dotación de capital público y social para crear riqueza y que tienen que renunciar a él por la falta de recursos del Estado que originan los menores ingresos públicos.

La gente normal y corriente suele aceptar estas reformas precisamente porque su justificación es aparentemente muy razonable: ¡todo sea por mejorar la marcha de la economía y por crear más empleo!

Lo que ocurre, sin embargo, es que esa idea que defienden los neoliberales no tiene nada que ver con la realidad.

En contra de lo que nos dicen los economistas y políticos que defienden impuestos más bajos a las rentas más elevadas, esas rebajas impositivas no benefician a la economía en su conjunto, ni favorecen  el crecimiento de la actividad económica, ni el del empleo.

En esta nota nos referimos a un caso concreto de esa política que tiene que ver con los tipos marginales del impuesto sobre la renta.

El tipo marginal del impuesto es el porcentaje adicional que un contribuyente tendría que pagar por obtener un euro más de renta.

Siguiendo su doctrina anti-impuestos, los economistas neoliberales afirman que esos tipos (como en general todos los de los impuestos) deben ser muy bajos porque sin son muy altos actúan como un desincentivo para la actividad económica. Argumentan que si una persona sabe que va a pagar un porcentaje muy alto si obtiene rentas adicionales, entonces no estará motivada para realizar el esfuerzo que le permita obtenerlas (si va a ganar un euro más pero el 45 o el 50% se lo lleva Hacienda no le interesará ganarlo, según dicen).

Se sostiene, entonces, que los tipos marginales elevados suponen un freno para el progreso económico, para la competitividad y para el empleo.

Lo que ocurre es que la realidad no confirma estas afirmaciones.

En las gráficas de más abajo, elaboradas por el Profesor de Historia e Instituciones Económicas de la Universidad Pablo de Olavide Mauricio Matus, se presenta lo que ocurre en los 32 países más ricos del mundo que forman parte de la OCDE (Fuente de los datos aquí).

Si tomamos por un lado el tipo marginal máximo del impuesto sobre la renta (en el eje horizontal) y por otro (en el eje vertical) el Producto Interior Bruto per capita observamos claramente (Gráfico 1) que el hecho de tener tipos muy altos no impide ni mucho menos tener un PIB per capita elevado.

Países como Suecia, Holanda, Alemania, Dinamarca, Reino Unido, Japón, Suiza, Noruega, Francia… (que se encuentran a la derecha del eje horizontal porque sus tipos son elevados) tienen también un PIB per capita alto.

Si los neoliberales estuvieran en lo cierto, tendría que haber una relación negativa entre los tipos marginales y el PIB per capita, es decir, que a tipos más elevados debiera corresponder un menor PIB. Como se ve en los datos de la OCDE reflejados en la gráfica, eso no es lo que ocurre en la realidad.

Es verdad que de esos datos tampoco se puede deducir que tener altos tipos marginales sea bueno para que haya PIB más elevado. Pero sí demuestran que no es cierta la afirmación contraria, la que defienden los neoliberales para justificar sus políticas de rebaja de impuestos a los ricos.

La segunda gráfica también refleja que los neoliberales tampoco llevan razón cuando afirman que tipos marginales más elevados desincentivan la creación de empleo. Si fuese así, en los países con tipos marginales más elevados tendría que haber tasas de paro más altas.

Sin embargo, en la segunda gráfica se puede ver claramente que los países con tipos marginales más elevados (los que está más a la derecha) no son ni mucho menos los que tienen tasas de paro más elevadas. Más bien todo lo contrario, están a la derecha y también abajo del eje vertical porque su tasa de paro es baja. Luego también es falso que tipos marginales más elevados en el impuesto sobre la renta actúen como desincentivo del empleo, tal y como  nos quieren hacer creer los neoliberales para justificar las rebajas fiscales en beneficio de los grupos de población de mayor renta.

También en este caso concreto se demuestra que la política fiscal que llevan a cabo la mayoría de los gobiernos (incluido el español) está basada en falsedades y mitos para ocultar sus verdaderos propósitos y la injusticia y el daño social que provocan.





dissabte, 5 de gener del 2013

LA SOLUCIÓN AL HAMBRE NO ES DAR MÁS, SINO ROBAR MENOS. JEAN ZIEGLER

Jean Ziegler
Jean Ziegler, que va ser relator especial de l’ ONU per al Dret a l’Alimentació entre 2000 i 2008, avui vicepresident del Comitè Assessor del Consell de Drets Humans de les Nacions Unides, professor de sociologia de la Universitat de Ginebra i la Sorbona de París, doctor en dret i ciències econòmiques i socials per la Universitat de Berna,  explica en aquesta breu entrevista, concedida fa més d’un any,  les causes directes de la mort diària de 100.000 persones a causa de la fam o per les seves conseqüències immediates,  així com els motius pels quals 1 de cada 6 habitants de la Terra visquin permanentment i greu desnodridres. 

Assenyala  l’ordre econòmic mundial, el neoliberalisme, com a responsable directe d’aquesta tragèdia humana, qualificant la seva actuació de (re)feudalització del Planeta.
  


Llegeix l'entrevista publicada a EL CONFIDENCIAL el 23 de maig de 2012



divendres, 4 de gener del 2013

LA EXPROPIACIÓN POLÍTICA DE L@S EUROPE@S

Hans Magnus Enzensberger
El diari EL PAÍS va publicar el 27 de setembre d'aquest any un article de l'escriptor, periodista i assagista alemany Hans Magnus Enzensberger en el qual l'autor exposava els seus punts de vista sobre la situació europea actual, després de l'aplicació de mesures econòmiques basades en l'austeritat -tal com l'entèn el neoliberalisme- que ha conllevat el desmantellament de l'Estat de Dret i de la Democràcia,  i com ha estat el comportament i reacció de la ciutadania al respecte. 

És interessant remarcar la qualificació com a novetat històrica  de la manera silenciosa, (sense violència explícita i amb un llenguatge emprat com a eina de manipulació), amb la qual s’apliquen, contundentment, mesures radicalment contràries a l’interès general, sense aixecar reaccions d'oposició proporcionals a la devastació social causada. 
 
Aquesta manera de procedir a l’espoli de milions de persones és aliena al discorre dels esdeveniments històrics d'Europa -i de la Humanitat sencera per extensió-, els quals han tingut un caràcter molt més sagnant i violent

És per això que, avui, la ciutadania no sap com reaccionar davant aquesta guerra anomenada crisi que, podríem dir, ha estat elevada per la plutocràcia a una altra categoria. La violència, l'espoliació i la repressió s'executen en una altra esfera, on aquestes accions són invisibilitzades per un discurs ple de termes que no traspassen la barrera del que és acceptable socialment i que, al mateix temps, impedeix una reflexió crítica sobre el missatge emès.

Legeix l'article al link de EL PAÍS insertat al principi del post.