LES ALTERNATIVES DE GESTHA

Moltes d'aquestes propostes podrien aplicar-se en el termini d'un any.

CUANDO QUEDAS ATRAPADX EN LA DESTRUCCIÓN, DEBES ABRIR UNA PUERTA A LA CREACIÓN. Anaïs Nine

Es de las crisis que nacen la inventiva, los descubrimientos y las grandes estrategias. Albert Einstein

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Los diputados del pueblo no son sus representantes, sólo son sus comisarios. Las leyes que el pueblo mismo no ratifica no tienen validez, son leyes nulas. Jean-Jacques Rousseau

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diumenge, 27 d’abril del 2014

LA CONTRARREFORMA DE LA LEY DEL ABORTO EXPLICADA POR LA DEMÓGRAFA TERESA CASTRO, EXPERTA EN FECUNDIDAD

Artículo publicado en el imprescindible blog del demógrafo Julio Pérez Díaz Apuntes de Demografía

Teresa Castro forma parte del Grupo de Dinámicas Demográficas del CSIC y es una de las mayores  expertas en fecundidad en nuestro país. Es doctora en Sociología, con especialidad en Demografía, por la Universidad de Wisconsin-Madison. De 1990 a 1996, trabajó como funcionaria internacional en la División de Población de Naciones Unidas (New York) y en 1996 se incorporó al CSIC, donde actualmente es Profesora de Investigación (el equivalente a catedrático de Universidad).

El nuevo proyecto de ley del aborto en España: un flashback que la sociedad no desea


Teresa Castro Martín Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Madrid

La interrupción voluntaria del embarazo fue considerada delito en España hasta 1985 (excepto durante un corto período en 1937 durante la Segunda República). En 1985 se modificó el Código Penal y se despenalizó el aborto en tres supuestos: riesgo grave para la salud física o psíquica de la mujer embarazada, violación y malformaciones graves en el feto (Ruiz Salguero et al. 2008). Desde entonces, la cifra de interrupciones voluntarias del embarazo ha experimentado un importante aumento, aunque se observa cierta estabilización desde 2007 (Figura 1).En 2012, último año con datos oficiales, se registraron 112.390 interrupciones del embarazo, lo que equivale a 12 abortos por 1000 mujeres de 15 a 44 años –una tasa similar a la media de los países de Europa Occidental y por debajo de la media de otras regiones del mundo (Sedgh et al. 2012)– y que representa aproximadamente el 20% del total de embarazos. La tasa más elevada corresponde al grupo de edad de 20 a 24 años, seguido por el grupo de edad de 25 a 29 años (Figura 2).

La Ley de 2010 y el perfil sociodemográfico de las mujeres

En 2010, se aprobó la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, una ley de plazos que todavía está vigente. Esta normativa permite el aborto en las 14 primeras semanas sin tener que alegar motivos, en las primeras 22 semanas si existe grave riesgo para la vida o salud de la embarazada o riesgo de graves anomalías en el feto, y en cualquier momento si un Comité de médicos designado por las comunidades autónomas certifica que el feto sufre una enfermedad extremadamente grave o incompatible con la vida. Al contrario de lo que pronosticaban los sectores contrarios a la ley de plazos, no solo no se ha producido un aumento de abortos, sino que en 2012 han disminuido un 5%. En ese año, un 94% de las interrupciones voluntarias del embarazo se han producido en las primeras 14 semanas (y un 68% antes de la semana 9), por lo que la mujer no ha tenido que hacer públicos sus motivos. Aunque el 68% de las intervenciones han sido financiadas por la sanidad pública, la mayoría (94%) se han llevado a cabo en una clínica privada, dado que en los hospitales públicos los equipos sanitarios suelen acogerse a la objeción de conciencia.

Si comparamos el perfil sociodemográfico de las mujeres que han interrumpido un embarazo en 2012 con el perfil general de las mujeres en edad reproductiva, podemos concluir que las interrupciones del embarazo se dan en todos los grupos de la sociedad, aunque se observa una incidencia relativamente más elevada entre las mujeres menos educadas e inmigrantes, lo que revela carencias en la prevención de embarazos no deseados en estos sectores de la población (Figura 3). El perfil de las mujeres que interrumpieron un embarazo en 2012 es también heterogéneo con respecto a su situación conyugal (el 49% convivía en pareja) y biografía reproductiva (el 55% tenía al menos 1 hijo), pero llama la atención la elevada proporción de mujeres que declaró no utilizar anticonceptivos (un tercio del total).

La nueva ley propuesta: grandes limitaciones, restricciones y obstáculos
La polémica propuesta de reforma de la ley del aborto impulsada por el Ministro de Justicia pretende eliminar la ley de plazos –en la que mujer decide si sigue adelante con un embarazo y no tiene que justificar su decisión hasta la semana 14 de gestación– y volver a una ley de supuestos, aunque más restrictiva que la del año 1985. El proyecto de ley, cuyo nombre es bastante revelador –Ley de Protección de la Vida del Concebido y de los Derechos de la Mujer Embarazada– permite el aborto durante las primeras 12 semanas en caso de violación (si se ha presentado denuncia previa) y durante las primeras 22 semanas si el embarazo genera grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la mujer embarazada. Se elimina el supuesto de malformación, enfermedad incurable o anomalía fetal incompatible con la vida. Los abortos por este motivo suponen un porcentaje pequeño (alrededor del 3%) del total, pero la nueva normativa dejará sin amparo legal a las aproximadamente 3000 mujeres (o parejas) que cada año deciden interrumpir un embarazo –normalmente deseado– por graves malformaciones congénitas.
El anteproyecto de ley recupera el supuesto de daño psicológico para la embarazada de la ley de 1985, al que se acogía entonces la inmensa mayoría de las mujeres (97% en 2009) (Figura 4), pero instaura un procedimiento con más trámites, más complicado y más largo. Dos psiquiatras –que no podrán trabajar en el mismo centro en el que se realice la intervención– deberán acreditar que el embarazo produce un daño “persistente” y “duradero en el tiempo” en la salud psíquica de la mujer. En la actualidad, la mujer que decide no continuar un embarazo recibe de los médicos un sobre con información sobre alternativas al aborto, ayudas a la maternidad y riesgos de la intervención, y tiene que reflexionar sobre ello durante tres días antes de abortar. Con la nueva ley, ese plazo se amplía a siete días, y la mujer deberá recibir asesoramiento verbal de los servicios sociales, así como obtener de ellos un certificado.

Las chicas menores de 18 años volverán a requerir el permiso de sus padres para abortar (como sucedía antes de 2010). En caso de conflicto familiar grave, un juez decidirá a quién da la razón. En la actualidad las interrupciones del embarazo de adolescentes menores de 18 años suponen el 5% del total (5672 casos en 2012). La nueva ley también prohíbe la publicidad de clínicas donde se practiquen abortos, amplia el derecho a la objeción de conciencia en la sanidad pública e impone penas de hasta 3 años de cárcel y 6 años de inhabilitación a los médicos que practiquen abortos fuera de los supuestos legales. No impone penas a la mujer que aborte, porque según el Ministro de Justicia, la mujer es siempre una “víctima” del aborto.

En definitiva, serán de nuevo los médicos y psiquiatras –con requisitos más estrictos que en 1985 y un procedimiento más largo– los que decidirán si una mujer puede interrumpir un embarazo no deseado. Además, el asesoramiento obligatorio por parte de los servicios sociales y la imposición de 7 días de reflexión están orientados a hacer desistir a la mujer de abortar. Con esta “contrarreforma”, España pasa al grupo minoritario de países de la UE con leyes que restringen el acceso al aborto (Irlanda, Polonia, Malta).

Consecuencias negativas de las nuevas propuestas y restricciones de doble filo

Además de la merma que implica la nueva ley para la autonomía y capacidad de decisión de la mujer sobre su maternidad, se han ignorado las consecuencias que tendrá para la salud de la mujer (el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad no ha participado en la redacción del proyecto de ley). Los estudios existentes advierten que las leyes más restrictivas no reducen el número de abortos, sino que sólo fomentan los abortos al margen de la ley, aumentando los riesgos para la salud de la mujer (Sedgh et al. 2012). La nueva ley supone un flashback a principios de los años 80, donde las españolas con más recursos viajaban a Londres y las de menos recursos recurrían al aborto clandestino. La diferencia es que en el siglo XXI los posibles destinos en el extranjero son más numerosos que en los años 80 –la mayoría de los países europeos tienen ahora leyes permisivas– y que las mujeres que decidan interrumpir su embarazo sin salir del país se las arreglarán para conseguir Mifepristona (RU-486)y Misoprostol a través de Internet para provocarse un aborto, sin supervisión médica. Actualmente España se sitúa en la cola europea en aborto farmacológico (13% de las intervenciones, frente al 50% en Francia o 70% en Portugal). Tanto las mujeres que viajen al extranjero como las que recurran al aborto farmacológico sin supervisión médica desaparecerán de las estadísticas. Para las mujeres que consigan acogerse a los supuestos restrictivos que prevé la nueva ley y demostrar que el embarazo no deseado supone un daño permanente para su salud mental, las múltiples barreras burocráticas impuestas incrementarán los abortos tardíos, y por tanto los riesgos de las intervenciones.

La sociedad española está bastante perpleja y no entiende el por qué de esta nueva ley. En los distintos sondeos que ha hecho la prensa, alrededor del 80% de los ciudadanos se manifiestan en contra del proyecto de ley. Numerosas sociedades científicas y médicas, como la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia, la Asociación Española de Diagnóstico Prenatal, la Organización Médica Colegial o la Sociedad Española de Psiquiatría, han pedido la retirada del proyecto de ley. A pesar de no contar con el apoyo de la sociedad, el proyecto de ley ha sido aprobado en Consejo de Ministros el pasado Diciembre.Ahora deberá someterse a dictámenes de varios organismos y al debate parlamentario,por lo que en caso de aprobarse, no entraría en vigor hasta dentro de aproximadamente un año.

Es bien sabido que la única manera efectiva de disminuir el número de abortos es evitar embarazos indeseados, y esto sólo se consigue con una buena educación sexual y mejorando el acceso a la anticoncepción. Sin embargo, toda la estrategia de salud sexual y reproductiva actualmente en vigor quedará en suspenso si la nueva ley sale adelante.
  • Ruiz Salguero, M.T., A. Cabré, T. Castro Martín, M. Solsona (2008). Anticoncepción y salud reproductiva en España: Crónica de una (r)evolución. Madrid: Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
  • Sedgh, G. et al. (2012). Induced abortion: incidence and trends worldwide from 1995 to 2008. Lancet 379 (9816): 625-632.
  •  Loghi et al (2013) Trent’anni di declino dell’aborto volontario in Italia, Neodemos

dimarts, 24 de desembre del 2013

Mi cuerpo es un campo de batalla: infantilització, estigmatització i violència de l’estat sobre els nostres cossos.

Article de Maria Rodó, doctoranda al Grup de Recerca de Geografia i Gènere de la UAB i membre de Gatamaula, publicat a espaifàbrica.cat

La nova regulació presentada ahir per Galladón torna a les dones als temps més foscos. Amb la “Ley de Protección de la Vida del Concebido y de los Derechos de la Mujer Embarazada” només es permetrà interrompre l’embaràs sota dos supòsits: en cas de violació (fins a les 12 setmanes) i si hi ha un greu perill per a la salut física o psíquica de la mare (fins les 22 setmanes) -tot un detall-. En aquest cas el risc per a la seva salut ha de comportar un “menoscabo importante y duradero” i ho hauran d’acreditar dos especialistes aliens a la clínica on es dugui a terme l’avortament. Això si ets major de 18 anys. Si bé la majoria d’edat sanitària a l’estat espanyol es de 16 anys, per a interrompre l’embaràs es modifica aquest límit. Dels 16 als 18 caldrà la participació dels pares o tutors legals. Tampoc no es podrà al·legar existència de discapacitat per a avortar, supòsit que sí que entrava a la llei del 1985. I si entrem en els supòsits, se’ns farà un assessorament personal i haurem de pensar-nos-ho durant set dies abans de mostrar el nostre consentiment per avortar. També es regularà en detall l’objecció de consciència.


 
Però la llei també diu dues coses més: que es despenalitza a la dona que interromp el seu embaràs (mantenint les penes per a les persones que el produeixin, el personal sanitari) i que, sota els supòsits despenalitzats, la interrupció voluntària de l’embaràs estarà inclosa en la cartera comú de serveis del “Sistema Nacional de Salud”.
 
Fins que no tinguem el text definitiu i la llei entri en vigor no podrem saber exactament què implicarà a la pràctica. I algunes qüestions seran de cabdal importància. Per exemple, qui tindrà potestat per a firmar les autoritzacions per als avortaments? En quins centres es realitzarà? Com es valoraran els riscos psicològics i qui els valorarà? Com es demostraran? Qui ho determinarà? La forma com aquesta llei es traduirà a la pràctica serà una qüestió fonamental que ens mostrarà la magnitud dels obstacles amb que ens trobarem per avortar.
 
Però, sigui com sigui, aquesta llei és la materialització de la ideologia més conservadora, rància i ultracatòlica. Un atac frontal al dret al propi cos enverinat amb discursos que suposadament defensen la vida quan, en el fons, són condemnes de mort per a les dones. Per exemple, com és que han inclòs la despenalització per a les dones? Quin interès hi ha al darrera? Despenalitzar-lo perquè se’ns considera ‘sempre víctimes’ contribueix a concebre’ns com a incapaces de prendre decisions, com a no autònomes, però què més s’hi amaga?
 
Darrera d’aquesta contrarreforma hi ha un factor clau que mostra la perversitat d’aquesta llei. La despenalització de la dona ve acompanyada de tres mesures més: la regulació de l’objeccció de consciència, el manteniment de la penalització per a les persones que produeixin l’avortament i uns supòsits ambigus mèdicament. Un metge, per a autoritzar un avortament, haurà de firmar un informe on es digui que hi ha greus riscos per la salut de la dona. Com es prova que una dona tindrà greus problemes psíquics si continua amb l’embaràs? Si se’l denuncia, quines proves tindrà el metge de que això era així? Amb el risc de penes de presó, quins metges voldran firmar tals informes o practicar tals avortaments? Si a això s’hi afegeix una gran facilitat per a acollir-se a l’objecció de consciència, quin serà el resultat? Cap metge voldrà practicar avortaments i, amb l’objecció de consciència, estarà emparat per la llei. Per tant, no és només que es negui el dret a la dona a decidir sobre el seu propi cos sinó que ni tan sols sota els supòsits establerts queda clar que l’estat garanteixi que els avortaments es duguin a terme.
 
Per tant, tot i que el fet de considerar la dona com a víctima és en sí mateix lamentable, realment se la tracta com a una víctima? Quines mesures defensen a la ‘víctima’? En quin punt s’assegura el dret a l’avortament almenys en els casos que entrin dins els supòsits? En cap. Òbviament, no hi ha cap interès en protegir les dones, i no se’ns penalitza perquè no aconseguirem ni avortar sota aquesta llei. La penalització és prèvia, impossibilitant l’avortament dins i fora dels supòsits.
 
I les hipocresies continuen. Per exemple, es diu que en cas de violació es pot avortar durant les 12 primeres setmanes perquè l’embaràs és fruit d’un delicte i va contra la “dignitat més essencial de la dona”. I després de les 12 setmanes, la violació ja no constitueix un atemptat contra la dignitat de la dona? A la setmana número tretze, l’embaràs fruit d’una violació deixa de ser-ho? Una altra mostra de que no hi ha cap interès en protegir les dones. I darrera d’aquest suposat interès de vetllar per la vida, la vida de qui s’està defensant? Si la malformació no és un supòsit i es creu que aquest seria discriminatori, quines mesures proposen per a que les futures vides es puguin mantenir? En l’actual situació de retallades i de desfeta de la llei de la dependència, quines vides importen? Des de quan el PP ha vetllat per al manteniment de la vida?
 
No vénen a protegir ningú, de res, només a erigir en forma de llei la negació al dret al propi cos de les dones en base a la infantilització, l’estigmatització i la violència de l’estat sobre els nostres cossos.
 
- Ens infantilitzen quan no ens consideren com a subjecte capaç de decidir. Quan a sobre ens fan reflexionar durant set dies (set dies!) una decisió ja presa, en una qüestió on a més el temps és fonamental. Ens infantilitzen quan per avortar ens fan dir, i aconseguir que dos metges certifiquin, que la nostra salut psíquica està en greu perill si no avortem. Quan als setze anys se’ns considera massa petites per a prendre la decisió d’avortar però no la de continuar amb l’embaràs ni ser mares. Ens infantilitzen quan ens consideren ‘sempre víctimes’.
 
- Ens estigmatitzen quan fan que avortar sigui un delicte i, per tant, les dones que avortem, delinqüents. Encara que no se’ns penalitzi legalment, ens posen el pes de la moral al damunt. Ens estigmatitzen quan es diu que anem contra la vida, quan se’ns fan cercar les trampes de la llei, quan se’ns fa avortar clandestinament, quan se’ns fa marxar a un altre país per avortar. Quan se’ns culpabilitza fent-nos estar set dies ‘reflexionant’.
 
- Exerceixen violència sobre els nostres cossos quan ens obliguen a mantenir un embaràs no desitjat. Violència quan no ens garanteixen avortaments segurs i posen en risc les nostres vides obligant-nos a dur a terme avortaments clandestins. Violència quan se’ns fa esperar dies (o setmanes si calen informes mèdics) mantenint l’embaràs, fent-lo cada dia més perillós per a la nostra salut. Violència quan ens treuen drets, quan ens posen la por al cos, quan no fomenten l’educació sexual i afectiva. Violència quan se’ns fa viure la nostra sexualitat sabent que, si ens hi trobem, no podrem avortar. Quan se’ns fan viure els embarassos amb por, perquè si alguna cosa no surt bé, aquesta llei ens condemna a tenir fills no desitjats.
 
Per tant, l’únic camí és la desobediència. No evitaran que avortem. Algunes podran fer-ho fora, les que tinguin suficients recursos per anar a avortar a altres llocs. Altres trobaran maneres de fer-ho aquí. Les dones continuarem avortant, com sempre hem fet, tot i les lleis. Tenim les nostres xarxes i potenciarem que l’avortament se segueixi duent a terme en les millors condicions possibles, la lliçó la tenim apresa. I desobeirem aquesta llei, no permetrem que s’apliqui. Hem de treballar per l’autogestió de l’avortament alhora que hem d’assegurar que es duguin a terme en els centres públics. Els nostres cossos són el camp de batalla de les seves guerres ideològiques. Però els nostres cossos són nostres, i també nosaltres sabem fer-los servir per a les batalles. Aquesta l’hem de guanyar i la guanyarem. No ens podem permetre que l’apliquin. Les feministes ja estem en peu de guerra, esperem que els moviments socials i  tothom en general estigui a l’alçada. Per la nostra dignitat com a dones, i com a poble.
 
Nosaltres parim, nosaltres decidim! Cap agressió sense resposta!

dimecres, 9 d’octubre del 2013

¡ABORTO ES SAGRADO!




Ángeles Álvarez, diputada del PSOE y fundadora de la Red Estatal contra la Violencia de Género, aclara al ministro de justícia, Alberto Ruiz-Gallardón, el concepto de Sagrado ya que, parece ser, no entiende esta idea si no es en términos religiosos. Ante tamaña incapacidad, sería mucho más apropiado que este licenciado en Derecho por el Colegio Mayor San Pablo CEU, legislase en los Tribunales Eclesiásticos, donde el Obispo es quien ejerce como juez de primera instancia. Puede especializarse en Derecho Canónico y ocuparse de la regulación jurídica de la Iglesia Católica, o puede ejercer -estamos segurxs que entusiásticamente- en el Tribunal de la Rota Romana, entre muchas otras opciones. En todo caso, también para él HAY ALTERNATIVAS.
 La administradora del blog
Ángeles Álvarez:

Al ministro Gallardón le ha extrañado que las mujeres de Femen que hoy han desplegado su activismo en el Congreso de los Diputados actuasen al grito "aborto es sagrado".

Lo ha calificado de "grito imposible" (de entender). No hablaba de que no hubiese oído el grito con claridad, sino que (para él) era un grito contradictio in terminis.

Esta es sin lugar a dudas, la manifestación más transparente que ha hecho el pensamiento del ministro de Justicia en materia de derechos sexuales y reproductivos.

Sagrado no es un término exclusivamente religioso (error conceptual de Gallardón en su desconcierto ante el lema de Femen). Hasta la Wikipedia podría recordarle al señor Gallardón que "esa noción se utiliza hoy en día de manera más general en otros contextos: una nación puede definir como sagrados los principios que la fundan; una sociedad puede definir como sagrados algunos de sus valores; etc".

Sagrados son aquellos valores esenciales para nosotros. Si en la mayoría de las religiones lo sagrado designa todo lo que atañe a lo más fundamental de su culto, para el no creyente, designa sobre todo a aquellos elementos que fundamentan sus valores.

No hace falta ser religioso, ni estar apegado a creencias místicas para vivir de manera honesta, ser sincero, tener dignidad o valerse del respeto en las relaciones interpersonales.

Sagrado es un "término que se utiliza en los grupos para describir los elementos que los constituyen". En esa medida, el feminismo también tiene cosas sagradas.

A saber:

1. Trascendental (y sagrado) ha sido para el movimiento de mujeres el voto femenino.

2. Trascendental (y sagrada) es la igualdad ante la ley.

3. Y trascendentales (y sagrados) son los derechos reproductivos.

Si para algunos la propiedad privada es cosa sagrada, para nosotras -las feministas- el respeto a la vida de las mujeres es cosa sagrada.

El aborto, como instrumento que se utiliza para no poner en riesgo la vida de una mujer, cuando opta por interrumpir un embarazo no deseado, puede calificarse de elemento que constituye y fundamenta su libertad. Eso explica que Femen haya reclamado como sagrado el derecho al aborto... no existe contradicción, señor Gallardón... Y por cierto: ¡yo lo suscribo!

Y nosotrxs también! 

Artículo publicado en El Huffington Post

dilluns, 29 de juliol del 2013

NOS QUIEREN POBRES, CALLADAS Y HETEROSEXUALES

La cruzada del Partido Popular (PP) no sólo arremete contra derechos fundamentales como sanidad, educación, vivienda, trabajo, sino, también, contra libertades sexuales y reproductivas. El PP busca imponer un determinado modelo de sociedad al servicio del capital a la vez que machista y homófobo. Nos quieren pobres, calladas y heterosexuales.


La semana pasada el Gobierno proponía a las comunidades autónomas vetar, en la sanidad pública, los tratamientos de reproducción asistida (inseminación artificial y fecundación in vitro) a lesbianas y mujeres solas. Una medida que atenta contra la igualdad de acceso a los servicios públicos y discrimina a quienes se salen de la estricta “norma” heteropatriarcal. Si eres mujer, pobre, lesbiana o no tienes pareja, prohibido quedarte embarazada. Para el PP, sin hombres no hay hijos. Y la derecha impone, así, su arquetipo de familia: una, hetero y unida.


Nos encontramos frente a un Gobierno que se escandaliza porque dos mujeres puedan ser madres, dos hombres padres, de que una mujer sola pueda tener hijas e hijos, pero que no siente la más mínima vergüenza en aplicar unas políticas generadoras de hambre, paro y desahucios. La doble moral de quienes no tiene principios. Obedientes sólo a la doctrina del capitalismo y el patriarcado.


Ayer en el escrache feminista frente al Ministerio de Sanidad en Madrid, para, justamente, condenar esta medida, la represión fue la respuesta. Un Gobierno que persigue y criminaliza aquellos que no callan. La “política de la porra” es la otra cara de la “política de las tijeras”.


Otro ejemplo. El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad planea ahora dejar fuera de las estadísticas de malos tratos a las mujeres que, pese a ser agredidas, no pasen por el hospital o estén en él menos de 24 horas. Lo que significa invisibilizar la mayoría de los casos. No sea que las cifras se disparen, digo yo. Según, el Observatorio para la Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial, en el primer trimestre del 2013, unas mil cien mujeres por mes presentaron parte de lesiones al denunciar ataques machistas. Aunque éstas son sólo una minoría. En 2012, por ejemplo, únicamente el 11% de las 128.000 denuncias aportaron dicho parte. Para algunos, parece, es mejor esconder, o maquillar, la realidad en vez de combatirla.


Y a todo esto hay que sumar la ofensiva del ministro Alberto Ruiz-Gallardón para reformar la, ya limitada, Ley del aborto y devolvernos a la época de “las cavernas”. Una modificación que, en palabras del ministro, tendrá lugar en los próximos tres meses. La futura Ley, todo parece apuntar, será más restrictiva que la de 1985 y sólo se permitirá interrumpir el embarazo en ciertos supuestos muy limitados. Entre los supuestos que se está discutiendo eliminar, se encuentra el de malformación del feto. Según Gallardón, la reforma tiene como objetivo “aumentar la protección del derecho por excelencia de la mujer: el de la maternidad”. Y me pregunto: ¿La maternidad en manos de quién? ¿De la mujer o del Estado? En definitiva, un intento más por parte del PP de decidir y legislar sobre nuestro cuerpo.


Estas medidas, en definitiva, se suman a unas políticas de salida a la crisis que devuelven la mujer al hogar. Cuando se recortan servicios públicos como sanidad, prestaciones sociales diversas, la Ley de dependencia…, hay todo un trabajo de cuidados, invisible, infravalorado, pero imprescindible, que acaba siendo asumido, una vez más, por las mujeres. En nuestras espaldas recaen, mayoritariamente, los recortes al Estado del bienestar.


Nos enfrentamos a un Gobierno de derechas, machista y homófobo. Y la respuesta sólo puede ser de izquierdas (y no de boquilla sino de acción en la calle), feminista y a favor de las libertades sexuales.

Article d'Esther Vivas publicat al seu bloc
Font fotografia: http://artecontraviolenciadegenero.org/?tag=recortes

dimecres, 29 de maig del 2013

Filosofía del aborto: la opinión del filósofo argentino Augusto Klappenbach

Si fuera cierta la afirmación de los antiabortistas militantes de que el embrión es un ser humano, sería verdad que todo aborto es un delito. Ningún argumento podría justificar el asesinato de una persona inocente. Pero es precisamente esa afirmación la que hay que discutir. La argumentación de nuestros obispos y de quienes los siguen da por supuesto que un embrión goza de la misma dignidad que un padre de familia. Y no se trata solo de una cuestión de tamaño, sino de diferenciar entre realidades cualitativamente distintas.

Nadie niega que en el embrión hay vida. Incluso la hay en un óvulo o un espermatozoide por separado. Pero el concepto de “vida humana” exige otras condiciones, que no se limitan a su definición biológica. En el curso de la evolución (filogénesis) se ha pasado de organismos unicelulares como las bacterias hasta los actuales seres humanos mediante un complejo proceso que ha dado lugar a la aparición de nuevas especies. ¿En qué momento de ese proceso se puede hablar de vida humana? Evidentemente, no hay una respuesta concreta: se pueden establecer características diversas como la bipedestación, el aumento de la capacidad craneal, la oposición del pulgar, el uso de herramientas, la aparición del lenguaje articulado. Pero en la historia evolutiva no existe un instante mágico en el cual lo que antes era un animal se convierte en un  titular de los derechos humanos. Lo cual no impide que hoy podamos afirmar que los seres humanos gozamos de tales derechos.

Lo mismo sucede en el proceso de la concepción (ontogénesis). El encuentro de dos células, el óvulo y el espermatozoide, inicia un proceso de transformaciones donde van apareciendo por su orden las características específicas de un ser humano, sin que pueda determinarse el momento preciso en ese proceso da lugar a un hombre o una mujer en el sentido pleno de la palabra. Parece abusivo, sin embargo, suponer que las primeras semanas del embarazo, cuando aún no han aparecido las notas morfológicas y funcionales propias de la humanidad, se pueda hablar de un ser humano titular de todos los derechos debidos a su condición. Así como tampoco se puede negar que una vez terminado ese proceso estamos en presencia de una persona que goza de tales derechos. El límite entre ambos momentos no consiste en un instante preciso sino en un proceso gradual. Desde este punto de vista, una ley de plazos como la que tenemos, que vaya otorgando mayor protección al feto en la medida en que avanza la gestación y que en las primeras semanas reserve a la madre el poder de decisión  parece la respuesta jurídica más adecuada a ese proceso biológico.

La oposición a la ley de plazos por parte de los sectores que pretenden convertir todo aborto en el asesinato de un niño no se ocupan de rebatir estas ideas. Simplemente, dan por supuesto que desde el embarazo estamos en presencia de un ser humano que goza en plenitud de todos los derechos de los demás ciudadanos. Y pretenden fundamentar esta afirmación en razones científicas, que siempre provocan un respeto reverencial entre los profanos. Pero si bien la ciencia tiene instrumentos para caracterizar la vida, para investigarla, para describir sus funciones,  no los tiene para definir la vida humana en el sentido antropológico y ético de la expresión, que es fruto de un consenso social antes que de demostraciones científicas. ¿Qué laboratorio puede determinar el momento en que un ser vivo empieza a gozar de la condición humana y por lo tanto ser sujeto de derechos? El hecho de que en el embrión esté presente el código genético que dirigirá el desarrollo futuro del organismo no significa que pueda ostentar la condición humana: en ese caso cualquier célula podría exigir la misma consideración. Para que exista una persona es necesario que ese código se desarrolle y genere un organismo con las características morfológicas, funcionales y sociales que definen a ser humano. Un feto en el útero no cumple plenamente esas condiciones: no ha completado su desarrollo y no ha comenzado su proceso de socialización, su participación en la sociedad que es la nota característica de la especie humana. De ahí que la protección jurídica que recibe sea menor que la de un recién nacido, si bien esta protección aumenta a medida que se acerca el fin de la gestación. Según la ley actual, mientras en las primeras catorce semanas la decisión de abortar depende solo de la voluntad de la madre, en las últimas es necesario que existan malformaciones incompatibles con la vida o que el feto presente  enfermedades extremadamente graves e incurables confirmadas por un comité clínico. También este enfoque gradual  y progresivo constituye una defensa de la vida, siempre que no se entienda la vida humana como una realidad meramente biológica.

Cuando la Iglesia y los sectores que la siguen se oponen a esta distinción entre vida y vida humana no se atreven a expresar sus verdaderos argumentos, que son los siguientes. La teología católica afirma que Dios infunde un alma inmortal al embrión en el momento mismo de la concepción (aunque no siempre los teólogos han sostenido esta doctrina, hasta el punto de algunos pensadores antiguos postergaban la animación de las mujeres). Esta alma consiste en lo que llaman una “sustancia incompleta”, es decir, una realidad que necesita de otra (el cuerpo) para formar un ser completo. De ahí que no puedan aceptar ninguna gradualidad en la aparición de la vida humana: se tiene un alma o no se la tiene. Y como afirman  que esa animación se produce en el momento en que el espermatozoide fecunda al óvulo, la conclusión inevitable es que todo aborto es un asesinato. Pero como este argumento se basa en creencias indemostrables, prefieren hablar de un “derecho a la vida”, con el cual es difícil no estar de acuerdo: afirmar que se defiende la vida suena mejor que asegurar una intervención divina en el momento de la fecundación. Detrás de esta teoría teológica está la tradicional penalización del sexo por parte de la Iglesia, con la consiguiente condena de la anticoncepción, la masturbación o la homosexualidad.

Es lamentable que una vez que habíamos logrado establecer una legislación razonable sobre el aborto se vuelva atrás. Y que ese retroceso se base en creencias que pueden ser respetables en la medida en que no se pretenda imponerlas a quienes no las comparten.

Artículo publicado en PÚBLICO.ES

Fuente fotografía:  http://mujeressinfonterasysinbozal.blogspot.com.es/2013/05/por-que-es-necesario-seguir-siendo.html